Derechos Humanos de las Personas mayores

La Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores estableció los siguientes derechos:

Derecho a la igualdad y no discriminación por razón de edad (Art. 5°).
Derecho a la vida y dignidad en la vejez (Art. 6°).
Derecho a la independencia y autonomía (Art. 7°).
Derecho a la participación e integración comunitaria (Art. 8°).
Derecho a la seguridad y a una vida sin violencia (Art. 9°).
Derecho a no ser sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes (Art. 10°).
Derecho a brindar consentimiento libre e informado en el ámbito de la salud(Art. 11°).
Derecho de las personas mayores que reciben servicios de largo plazo (Art. 12°).
Derecho a la libertad personal (Art. 13°).
Derecho a la expresión, opinión y acceso a la información (Art. 14°).
Derecho a la nacionalidad y libertad de circulación (Art. 15°).
Derecho a la privacidad e intimidad (Art. 16º).
Derecho a la seguridad social (Art. 17°).
Derecho al trabajo (Art. 18°).
Derecho a la salud (Art. 19°).
Derecho a la educación (Art. 20°).
Derecho a la cultura (Art. 21°).
Derecho a la recreación, esparcimiento y al deporte (Art. 22º).
Derecho a la propiedad (Art. 23°).
Derecho a la vivienda (Art. 24°).
Derecho a un medio ambiente sano (Art. 25°).
Derecho a la accesibilidad y movilidad personal (Art. 26º).
Derechos políticos (Art. 27º).
Derecho de reunión y asociación (Art.28°).
Derecho a la protección ante situaciones de riesgo y emergencias humanitarias(Art. 29°).
Derecho a igual reconocimiento como persona ante la ley (Art. 30°).
Acceso a la Justicia (Art. 31°

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